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Evalúan en vista pública para regular la sueroterapia en Puerto Rico

El presidente de la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, el honorable Juan Oscar Morales Rodríguez, dirigió en el día de hoy una vista pública para evaluar el Proyecto del Senado 1235, medida que propone crear la “Ley para la Regulación Integral de la Terapia Intravenosa Nutricional (Sueroterapia) en Puerto Rico”. 

La audiencia legislativa contó con la comparecencia del Departamento de Salud, la Asociación de Doctores en Medicina Naturopática de Puerto Rico (ADMNPR), la entidad The B-12 Store Puerto Rico y la Lcda. Amelia Díaz Ramos, quienes presentaron sus respectivos análisis y ponencias sobre el alcance técnico, legal y operativo de la propuesta regulación.

Durante el turno inicial de la vista pública, el senador Juan Oscar Morales Rodríguez enfatizó la responsabilidad constitucional del Estado de proteger la seguridad del paciente ante el crecimiento exponencial de centros de bienestar y unidades móviles de sueroterapia en la Isla. 

«La prioridad de esta Comisión de Salud es garantizar que cualquier procedimiento de naturaleza invasiva se ofrezca bajo los más altos estándares de seguridad clínica y profesional. Esta medida no persigue cerrar establecimientos ni limitar el ejercicio de las profesiones, sino establecer un marco jurídico claro que proteja la salud de la ciudadanía, uniforme las exigencias de competencia y evite prácticas que pongan en riesgo la vida de los pacientes”, afirmó el senador.

Durante los trabajos en el Salón de Audiencias Luis A. Negrón López, se evaluaron los diversos enfoques presentados por los sectores citados:

Asociación de Doctores en Medicina Naturopática (ADMNPR): La organización expresó su firme respaldo al P. del S. 1235. Destacaron que la sueroterapia nutricional no es una simple rehidratación, sino la administración de fórmulas magistrales personalizadas que requieren un conocimiento profundo en bioquímica, farmacología de nutrientes y osmolaridad. La ADMNPR resaltó que la formación de nivel doctoral de los Doctores en Medicina Naturopática (NDs) en la Isla —acreditada por el Council on Naturopathic Medical Education (CNME) e integrada por cursos especializados y reválidas nacionales (NPLEX)— cumple y supera los estándares de competencia clínica que exige la propuesta ley.

The B-12 Store Puerto Rico: La representación del centro especializado coincidió en la necesidad de reglamentar y uniformar la industria para garantizar la seguridad del paciente. No obstante, sometieron recomendaciones de enmiendas prácticas, entre las que destacan la adopción explícita de los estándares USP <800> para el manejo seguro de medicamentos peligrosos, la aclaración de las categorías de licencias de botiquín para centros de infusión, la delimitación de prohibiciones en áreas comunes de centros comerciales y la inclusión de una cláusula transitoria de convalidación de experiencia (Grandfather Clause) para evitar la interrupción de servicios en establecimientos debidamente establecidos.

La ponencia de la Lcda. Amelia Díaz Ramos respalda el propósito del Proyecto del Senado 1235, pero recomienda modificar su alcance legislativo para facilitar su aprobación y evitar controversias. No favorece su aprobación en su versión actual, al entender que el proyecto mezcla dos asuntos distintos: la regulación de la terapia intravenosa nutricional y cambios al alcance de práctica de los Doctores en Medicina Naturopática. Plantea separar ambos temas para evitar controversias y facilitar la aprobación de la regulación.

Departamento de Salud de Puerto Rico: Por su parte, la agencia no endosó la medida al sostener que el marco legal vigente —encabezado por la Ley de Farmacia (Ley 247-2004) y el Reglamento 156 del secretario de Salud— ya faculta a la Secretaría Auxiliar para la Regulación de la Salud Pública (SARSP) a fiscalizar y requerir licencias de botiquín o registros trienales a cualquier establecimiento que administre productos biológicos y sueros. La agencia señaló además preocupaciones sobre la preparación de mezclas estériles fuera de farmacias autorizadas y el impacto económico no presupuestado de crear nuevas estructuras de inspección.

«Agradezco a todos los deponentes por traer sus valiosos análisis a la mesa de discusión. Acogemos las observaciones del Departamento de Salud para no crear duplicidad de procesos, así como las recomendaciones de la ADMNPR y de B-12 Store sobre la precisión de los estándares USP y las cláusulas de transición. Evaluaremos detalladamente cada ponencia para determinar si las enmiendas trabajadas se incorporan al P. del S. 1235 o si fortalecemos la legislación actual, garantizando que el producto final responda al único objetivo de proteger la salud y la seguridad del pueblo de Puerto Rico”, concluyó Morales Rodríguez.

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