Un frente interdisciplinario compuesto por más de 15 organizaciones profesionales que brindan servicios esenciales de terapia a menores de edad y personas con discapacidad en la Isla se ha constituido formalmente para manifestar su categórico rechazo al PS 1301. La medida, radicada por la senadora Brenda Pérez Soto y referida a la Comisión de Salud del Senado presidida por el senador Juan Oscar Morales, busca enmendar la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente para obligar la grabación en audio y video de intervenciones terapéuticas individuales, representa severas deficiencias que atentan contra la salud emocional, los derechos constitucionales de las familias y la retención de profesionales en el País.
Destacan que las profesiones diversas disciplinas que ofrecen terapias, están reguladas estrictamente. Alertan sobre la amenaza a la práctica terapéutica es tan grave que grupos y especialistas que ofrecen terapias han expresado que, de aprobarse esta medida y convertirse en Ley, cesarán de atender a pacientes menores porque rehúsan violar los principios de confidencialidad y bienestar que rigen a sus especialidades. Sin duda, el efecto sería inmensamente peligroso en un País que enfrenta una aguda crisis de estabilidad mental y emocional de sus habitantes.
Este frente interdisciplinario denuncia que el proyecto no responde a un problema existente en el País. Por el contrario, se levanta la voz de alerta sobre situaciones ajenas a Puerto Rico, y de posibles intereses económicos de corporaciones estadounidenses. Las organizaciones enfatizan que la verdadera vulnerabilidad actual no radica en los profesionales licenciados. En el País existen medidas para manejar querellas y situaciones que violenten las prácticas y la ética a través de las distintas Juntas Examinadoras que administra el Estado.
Otra preocupación es la invalidación de los derechos de menores como individuos. Los derechos de los menores no son extensión de derechos de sus padres, madres o personas custodias, y este proyecto atenta contra sus derechos humanos y civiles sobreponen el derecho de los padres sobre el de los menores. Según el caso Ortiz García v. Meléndez Lugo (2005 TSPR 19), el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoció expresamente el privilegio psicoterapeuta-cliente y enfatizó el interés apremiante en proteger la confianza del menor en su terapeuta.
Por otro lado, el frente interdisciplinario, alertó que la presencia de cámaras destruye el espacio de confianza, seguridad y espontaneidad indispensable para el progreso de pacientes menores de edad o con discapacidad. Este impacto es sumamente perjudicial en áreas delicadas de la terapia ocupacional (como la higiene, el uso del baño y la alimentación) y en dinámicas grupales. Además, violenta los códigos de ética y estatutos de ley para todas las profesiones representadas, los cuales exigen la protección absoluta de la intimidad del paciente.
El PS 1301 crea un choque directo con protecciones legales de rango estatal y federal, tales como la ley federal HIPAA, FERPA y, en estatutos de Puerto Rico, la Ley 96, el Reglamento 942, la propia Ley 194 y los derechos a la intimidad consagrados en las Constituciones de Puerto Rico y Estados Unidos. Asimismo, contradice las disposiciones de confidencialidad de la Ley 57 (Artículos 11, 19 y 29) y socava innecesariamente los rigurosos mecanismos de querellas que ya existen para fiscalizar la práctica profesional.
Por otro lado, la medida impone una carga económica desmedida sobre proveedores de salud, quienes tendrían que asumir la compra de equipos especializados y costosos sistemas de almacenamiento digital. Esto provocará un aumento inminente en los seguros de impericia que se requieren a especialistas, y eleva el riesgo de ciberataques que expondrían la privacidad de nuestros menores. El resultado neto de esta asfixia financiera será el agravamiento de la ya crítica fuga de profesionales de la salud en Puerto Rico.
El frente interdisciplinario hizo un llamado urgente al Senado de Puerto Rico para que desista de avanzar el PS 1301 que, lejos de proteger, despoja a la niñez puertorriqueña de su derecho a una terapia digna, privada y eficaz. Las organizaciones se reiteran en su compromiso inquebrantable con el bienestar y la seguridad de los menores, pero sostienen que la fiscalización jamás debe lograrse a expensas de la integridad del tratamiento clínico.



