Thursday, May 2, 2024
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Lanza investigación sobre práctica ilegal de mercadear propiedades a pesar de que se han vendido

El representante por acumulación José ‘Che’ Pérez anunció que estará sometiendo una resolución para investigar la práctica ilegal de continuar anunciando y mercadeando propiedades para la venta o alquiler a pesar de que estas ya no se encuentren disponibles.

El Representante del Partido Nuevo Progresista también adelantó que estará reuniéndose con la secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Lisoannette González, sobre el asunto.

“Hace varios años, la práctica de continuar mercadeando propiedades ya vendidas o alquiladas en plataformas como Facebook Marketplace y Clasificados Online, por mencionar algunos, se convirtió casi en la norma, a detrimento de los consumidores en Puerto Rico. El cuatrienio pasado (2017-2020) trabajamos este asunto mediante el Proyecto de la Cámara 1891, de nuestra autoría, que se convirtió en la Ley 125-2019. Sin embargo, ahora estamos volviendo a recibir información de consumidores sobre esta práctica que es ilegal y que le hace daño a los consumidores. Ante esto, estamos radicando legislación para investigar este asunto y, de ser necesario, enmendar la ley para colocar mayores penalidades”, expresó Pérez. 

Según el legislador novoprogresista, “en estos momentos existen muchos casos de que una persona interesada se comunica para obtener información de una propiedad en particular, objeto de algún anuncio, solo para que el corredor de bienes raíces le dijera que dicha propiedad no está disponible por haber sido vendida y/o arrendada. Acto seguido, ese mismo corredor le indica a la persona que tiene unidades similares disponibles. Evidentemente, esta acción constituye una falta ética por parte de dicho corredor que, a sabiendas que la propiedad por la cual lo contactan no está vacante, decide voluntariamente mantenerla en el registro de propiedades disponibles con el propósito de poder dar acceso a otras propiedades de su cartera y así finiquitar algún otro negocio. Esto es un engaño para el cliente”.

La Ley 125-2019 establece que ‘el corredor tendrá un término máximo de 72 horas para excluir dicha propiedad de cualquier listado de propiedades disponibles o para informar que la misma ya ha sido vendida y/o arrendada’.

“Quiero dejar esto claro y es algo que vamos a discutir con la Secretaria del DACO, esta práctica es ilega”, culminó diciendo. 

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