Sunday, May 5, 2024
spot_img
HomePuntos de VistaEL CAMBIO A CECL IMPACTA A LAS COOPERATIVAS

EL CAMBIO A CECL IMPACTA A LAS COOPERATIVAS

Por Alberto L. Martín Rivera

Para el mes de junio de 2016 las normas de contabilidad (FASB) emitió una nueva norma contable ASU 2016-13 (Actualización de Normas Contables) sobre la metodología para la valorización de la cartera de riesgo crediticio, entre otros, conocida como Current Expected Credit Loss (CECL siglas en inglés) basado en pérdidas esperadas y no en perdidas incurridas, como es el computo actual regulado por el Reglamento 8665 sección 2.12.2.5. Es decir, el sistema reglamentario actual requiere que ocurra un evento de deterioro del valor crediticio causado por el incumplimiento de la obligación reconociendo en ese momento la pérdida. El objetivo de CECL es mejorar la medición y el reconocimiento de las pérdidas crediticias en préstamos y valores de deuda.


Con la norma NIIF 9 bajo el tema 5.5 “Deterioro de valor”, bajo enfoque general, nota, nos dice: “Según el enfoque del deterioro de valor de la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso relacionado con el crédito antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias”. Una de las razones que indica NIIF 9 para no aplicar el sistema de pérdidas incurridas, es que este cómputo las pérdidas incurridas retrasan el reconocimiento en los libros contable de la empresa, en este caso las cooperativas. Por lo que las pérdidas crediticias sobreestiman el balance de la cartera de riesgo y los resultados. Las cooperativas deben saber por estadística y el análisis histórico el porcentaje de posibles pérdidas o recobros sobre los créditos concedido, entonces, por qué retrasar ese reconocimiento, y es aquí donde entra el sistema de CECL.


Esto es muy efectivo porque prepara a la cooperativa en mantener reserva que valoricen adecuadamente la cartera de crédito y sobre todo no se sobreestiman los resultados (smoothing income) por las pérdidas que se ha de incurrir. La seguridad está que cuando ocurre el evento de pérdida ya la cooperativa lo tiene estimado, lo tiene anticipado, es prospectivo, porque la entidad puede reconocer como provisión su estimado de las pérdidas de crédito esperadas durante el tiempo de vida de la facilidad otorgada. El sistema bajo el Reglamento 8665 es todo lo contrario, pues es retrospectivo, va al pasado para determinar la pérdida que será lanzada contra la reserva hoy.

Leer más Noticias
Edición Impresa
IN-UP

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

- Advertisment -spot_img

Las más leídas

Comentarios recientes