El portavoz de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado, Luis Javier Hernández Ortiz, celebró una conferencia de prensa en la mañana de hoy junto a la delegación, para informar que han radicado una demanda para que el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, ordene a la secretaria del Departamento de Justicia, Lourdes Gómez Torres, que provea información y documentación al Senado sobre casos archivados en la División de Integridad Pública.
“Como ustedes recordarán, el pasado 4 de mayo de 2026, haciendo uso de las prerrogativas como legislador, radicamos la petición de información 2026-0063 para requerir del Departamento de Justicia: (1) un listado de los casos que se archivaron en la División de Integridad Pública y Oficina de Asuntos del Contralor y (2) copia de cada Orden de Cierre y Archivo para cada uno de los casos incluidos en el listado como archivados”, expuso el legislador.
La portavoz alterna, Marially González Huertas, expuso que la determinación surge luego que la delegación PPD investigara el caso de la Secretaria del Departamento de la Familia, Suzanne Roig Fuertes. “Como parte de ese proceso, se supo de la emisión de la Orden Administrativa 2026-09 adoptada por el Departamento de Justicia donde se establece un proceso para cerrar o archivar casos luego de dos años en la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor. Esta división investiga querellas de corrupción gubernamental, violaciones electorales, de ética gubernamental, entre otros delitos que se alega fueron cometidos por funcionarios públicos”.
El senador Josian Santiago añadió que, “pesar de que la petición de información fue debidamente aprobada por el Senado de Puerto Rico de forma unánime, el Departamento de Justicia se ha negado a proveer la información. Han dicho incluso en declaraciones escritas que ellos no cederán a presiones políticas. Lo anterior, en un desconocimiento palpable de lo que es nuestra función como legisladores. El requerir información a una agencia del Gobierno de Puerto Rico no es un ejercicio de presión político. En Puerto Rico, se ha reconocido que el legislador, tiene entre sus facultades: investigar, fiscalizar el Gobierno, debatir asuntos de interés público y mantener informado al pueblo sobre la marcha de la cosa pública”.
Como se sabe, el poder de investigación de un Cuerpo Legislativo incluye además el examen de la ejecución de la política pública y de la conducta de los jefes de departamento. El expresidente José Luis Dalmau Santiago detalló que “es dentro de esas funciones que presentamos la petición de información 2026-0063 y que el Senado aprobó. Ante la negativa de la agencia de proveer la información, el Senado de Puerto Rico aprobó una moción de forma unánime el 19 de mayo de 2026, otorgando un plazo de 48 horas para que la Secretaria de la agencia respondiera. De no responder dentro de ese término, el Cuerpo Legislativo dispuso que se procedería a incoar cualquier acción legal necesaria para defender las prerrogativas no solo del Senado, sino también de sus miembros”.
Por su parte, la senadora Ada Álvarez Conde detalló que “luego de haber otorgado tiempo suficiente al Departamento para cumplir con el requerimiento de información, hemos presentado este Recurso que esperamos sea atendido por el Tribunal de Primera Instancia en las próximas horas. Por supuesto que no deseábamos llegar a este curso de acción, pero no tenemos otro mecanismo para poder vindicar lo que es un ejercicio legítimo de nuestra función senatorial”.
SOBRE EL RECURSO JUDICIAL
El recurso se presenta en virtud del Artículo 34-A del Código Político que establece un procedimiento especial cuando se solicita o se requiere información -como en este caso al Departamento de Justicia.
Este recurso se utilizó hace unos meses en el caso Senado v. Departamento de Hacienda, y previo a eso ha sido el recurso utilizado cuando agencias como el DRNA, LUMA, Educación, Corrección, entre otras, se han negado a proveer documentos al Senado o a la Cámara. De hecho, en el caso de Corrección el cuatrienio pasado, el tribunal no solo ordenó a la entonces secretaria a que presentara documentos que le estaba exigiendo el entonces senador independiente Vargas Vidot, sino que también ordenó a esta funcionaria a comparecer ante el Senado.
Del mismo modo, el recurso judicial nace de ese poder investigativo reconocido a la Asamblea Legislativa desde la creación misma de este Poder Legislativo y reafirmados dichos poderes en la jurisprudencia adoptada por el Tribunal Supremo desde el caso de Peña Clos y toda su progenie.
De la misma manera, del derecho de acceso a la información pública que tienen todos los ciudadanos en virtud de los derechos de libertad de palabra, prensa y asociación.
Finalmente, Hernández Ortiz señaló lo siguiente: “Lo decimos con claridad para que se entienda: esto no son presiones políticas como afirmó el Departamento de Justicia en un comunicado firmado por la subsecretaria de la Agencia. Este reclamo nace de un ejercicio legislativo legítimo. Tan es así, que la petición aun fue presentada por este servidor, terminó siendo aprobada por el Senado de Puerto Rico. Se trata de un ejercicio legislativo reconocido hace décadas: la fiscalización, la rendición de cuentas. Ninguna agencia y ningún jefe de agencia puede irritarse porque el Senado de Puerto Rico le solicite información”.




