Ayer, el Tribunal Supremo de Puerto Rico autorizó oficialmente la transmisión en vivo de la vista preliminar en alzada de Lauce Colón Pérez, activista, líder comunitario y acusado de “daños agravados” alegadamente ocasionados el pasado 9 de abril a una verja de madera instalada sin permisos y localizada en la zona marítimo-terrestre (ZMT) de la Reserva Natural y Marina Cueva del Indio.
La vista será celebrada este jueves, 31 de agosto a las 2:00 p.m. en el Centro Judicial de Arecibo y transmitida por las páginas oficiales del Tribunal de Puerto Rico.
“El pasado 10 de julio, el Tribunal de Arecibo declaró no causa a los cargos imputados a Lauce Colón Pérez por remover palos y tablas puestas a cinco metros del agua y que impiden el acceso libre a la Cueva del Indio. No obstante, la Fiscalía solicitó irse en alzada y continuar retando las leyes y reglamentos que protegen nuestras playas”, detalló Miguel Mercado Mora, portavoz de Defendiendo la Cueva del Indio-681 (DCI-681).
Según DCI-681, la comunidad de Islote tiene un reclamo colectivo por la inacción administrativa del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales ante las varias querellas formales radicadas en la agencia, incluyendo la querella #Q-AREM-045-2022 radicada por Colón Pérez en agosto de 2022.
“Lauce ha denunciado la privatización del acceso libre a la Cueva del Indio, con GF National Properties colocando estas verjas en ZMT y Caracoles Bar & Grill cobrando ilegalmente hasta $35.00 por persona por el acceso a esta Reserva desde el 2016”, detalló el Lic. Manuel Moraza, abogado de Colón Pérez.
Aún así, el pasado 12 de mayo la fiscalía de Arecibo ordenó imputar cargos a Colón Pérez por daños agravados como respuesta a una querella radicada por el privado de Caracoles Bar & Grill. El Tribunal determinó causa y le impuso una fianza de $5,000, la cual prestó y citó vista preliminar.
Durante la vista preliminar de julio pasado, el querellante y privado de Caracoles Bar & Grill fue interrogado por el Lic. Moraza, donde admitió que la Cueva del Indio es una Reserva Natural, que su compañía cobra ilegalmente por el acceso a la misma y que carece de los permisos de construcción de la verja bajo cuestión. También admitió no ser el dueño de los terrenos aledaños a la Cueva, solamente un arrendador, y que desconoce de la existencia de un deslinde oficial del área protegida.
“En mi cierre lo dejé claro: El privado de las corporaciones no puede reclamar un bien mueble construido en mala fe, sin permisos, sin deslindes y en ZTM, según el Código Civil y Penal de Puerto Rico”, detalló Moraza.
“Al determinar ‘no causa’, el honorable Tribunal ya hizo valer los reglamentos y leyes que protegen el derecho ciudadano al acceso público y gratuito a nuestras costas viendo el caso en su contexto y desestimando la acusación. Esperamos que así lo vuelva hacer”, finalizó Mercado Mora.