Durante el 2025, la Unidad de Pasaporte de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), registró recaudos ascendentes a $858,104, lo que representa un aumento de $488,606 en comparación con los $369,498 recaudados en 2024. El incremento equivale a un crecimiento aproximado de 132% y confirma el fortalecimiento de los mecanismos de cumplimiento y la efectividad de las gestiones dirigidas a garantizar el pago de pensiones alimentarias atrasadas.
“Desde que asumí la dirección de ASUME hemos estado enfocados en fortalecer los mecanismos de cumplimiento y en utilizar de forma más efectiva las herramientas que nos provee la ley. Trabajamos en mejorar los procesos internos y en reforzar la coordinación interagencial para lograr resultados. Estos recaudos son el reflejo de ese trabajo sostenido y responsable, pero más allá de las cifras, representan un impacto directo en miles de menores que pudieron recibir su sustento, lo que marca una diferencia en la estabilidad de sus hogares”, explicó la administradora, la licenciada María del Mar Mateu Meléndez.
La funcionaria recordó que la denegación de pasaporte es una de las herramientas que ASUME utiliza para asegurar el pago de la pensión alimentaria. Cuando una persona no custodia acumula una deuda de $2,500 o más, la agencia refiere el caso al Office of Child Support Services (OCSS), lo que permite que el Departamento de Estado federal no autorice la expedición o renovación de un pasaporte hasta que se atienda la referida deuda o se libere la restricción.
Mateu Meléndez detalló que este mecanismo busca promover el cumplimiento de una obligación legal y moral con los menores. Añadió que, no se trata de una medida punitiva aislada, sino de una gestión dirigida a lograr resultados que beneficien directamente a los miles de niños y jóvenes que dependen de esas pensiones alimentarias para su desarrollo y bienestar.
“Cuando una persona recibe una notificación de denegación de pasaporte y desea solicitar que se levante la restricción, debe completar un formulario de investigación que está disponible en todas nuestras oficinas y en el portal electrónico de ASUME. Ese documento puede entregarse de forma presencial, por correo, por fax o de manera electrónica. Una vez lo recibimos, iniciamos un proceso de evaluación cuidadoso para determinar si procede o no levantar la restricción y notificamos oportunamente la determinación y los términos aplicables”, detalló.
Añadió que, por regla general, para levantar la restricción se requiere el pago total de la deuda de pensión alimentaria. Sin embargo, aclaró que existen situaciones excepcionales en las que la agencia puede autorizar el levantamiento aún sin haberse saldado la totalidad de lo adeudado.
“En esos casos evaluamos de forma integral el historial de pagos, la cantidad pendiente, las razones que provocaron el atraso, la necesidad del viaje y, sobre todo, si la decisión puede afectar o beneficiar al menor. Nuestro enfoque siempre es responsable y centrado en el bienestar de los menores”, sostuvo la administradora.
Para información adicional sobre este y otros servicios, Mateu Meléndez exhortó a la ciudadanía a visitar su página en internet asume.pr.gov o seguir las redes sociales oficiales de la agencia en facebook, instagram y X.



