Dra. María “Cuqui” Sotelo Porto
Este escrito resalta temas relevantes relacionados con la vista judicial efectuada el 2 de abril del año en curso en el Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez, recopilada en diversas fuentes. Además, aborda las expresiones emitidas en un programa televisivo por parte de las fiscales de la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI). El escrito tiene como objetivo, facilitar el análisis de lo que consistió la negociación, establecer relación de procesos y resultados, y resaltar los posibles beneficios anunciados por las fiscales. Finalizo con mi punto de vista sobre los efectos de la negociación.
Acusación por corrupción gubernamental: El exalcalde de Mayagüez, José “Guillito” Rodríguez, conocido como el “Cacique de la Pava del PPD”, quien lideró por 27 años dicha municipalidad, es acusado por corrupción gubernamental. La acusación se basa en la presunción que éste desvió unos $9.8 millones otorgados por resoluciones legislativas de la Cámara de Representantes para completar varias fases del Centro de Trauma de Mayagüez. Se alega que el dinero fue desviado a una cuenta de inversiones operada por Mayaguez Economic Development Inc. (MEDI) para realizar inversiones, que resultaron ser inversiones fraudulentas. Defino las resoluciones conjuntas como las leyes que establecen que un dinero asignado para un fin específico, debe utilizarse para el propósito que se estableció, no para otro propósito arbitrario.
Trasfondo: Es consabido que luego de agotar todos los remedios de apelación y haberse culminado el tiempo que le concedieron a “Guillito” para determinar si se sometía a un juicio, y luego de casi 4 años de investigaciones por parte de las fiscales de la OPFEI, acontece que el 2 de abril del 2025, se da una vista judicial en el Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez, en la cual emerge una negociación, es decir, un acuerdo de culpabilidad.
Causa de la negociación: La OPFEI imputa los delitos de corrupción en violación del artículo 262 y violación del artículo 264 tipificados en la Ley 146 – 2012 del Código Penal de PR, siendo estos dos, los delitos originales que dan base al caso.
El motivo de la negociación: El licenciado entabla negociación con las fiscales especiales independientes para que en los pliegos acusatorios, que son los documentos que especifican los hechos que se le imputan al cliente como delito y los cargos en contra, utilizados por el licenciado para preparar la defensa de su cliente, se enmienden dos cargos de delito graves, el artículo 262 y el artículo 264 del Código Penal de PR. La intención del licenciado es lograr que impute sólo infracciones al artículo 263 del Código Penal de PR, bajo delito de negligencia en cumplimiento del deber en manejo de fondos públicos. El motivo de esta estrategia es evitar que permaneciera en los pliegos acusatorios el artículo 264, en la cual el Juez, al determinar que el acusado es culpable, el acusado se expondría a una pena de 15 años de cárcel, sin posibilidad de probatoria. Logra el licenciado que se haga la enmienda, quedando sólo el delito del artículo 263 del Código Penal.
Contenido de los Artículos:
Artículo 262- establece la pena de reclusión por un término fijo de 8 años para el delito de omisión en el cumplimiento del deber a sabiendas, como consecuencia ocasiona pérdida de fondos públicos. Delito grave.
Artículo 264- establece la pena de reclusión por un término fijo de 15 años, además de la restitución para el delito de malversación de fondos públicos. En este artículo se especifica los actos que constituyen el delito: aprovecharse ilegalmente de fondos públicos, utilizar fondos públicos para fines distintos de los autorizados, falsificar o alterar registros contables de fondos públicos. Delito grave.
Artículo 263- establece la pena de restitución y reclusión por un término de tres años para el delito de negligencia en el cumplimiento del deber que ocasiona pérdida de fondos públicos y que supera los $10,000. Delito menos grave.
Efectos de la negociación: Luego de alcanzar un acuerdo con OPFEI, “Guillito” accede a acepta que violó el artículo 263 del Código Penal, acepta culpa de negligencia en el cumplimiento del deber en manejos de fondos públicos. A causa del acuerdo, implica que el convicto tiene que pagar a la OPFEI $12,500 para reembolsar gastos de la Oficina por el procesamiento.
Comentarios de las fiscales: La fiscal Leticia Pabón, indicó que “Ellos (licenciado y su cliente) hicieron el acercamiento. Nosotros no nos vamos a cerrar a un acercamiento de un acusado que quiere negociar para hacerse culpable”. También informó que “No se le imputó apropiación de fondos, no tenían esa prueba”. Igualmente, la fiscal Eliana Agudo expresó que “No hay evidencia para acusarlo a él de apropiación ilegal”.
Expectativas: El Licenciado Padilla tiene como expectativa que el Juez al tomar su decisión, dicte sentencia suspendida, lo que significa que el exalcalde de Mayagüez no iría a cárcel por cumplir probatoria.
Días de espera: Los días de espera, antes que el Juez dicte sentencia el 20 de mayo a las 10:00am, se realizará un informe de presentencia para conocer si cumple con los requisitos de la probatoria. Recordar que OPFEI no puede recomendar pena, por no ser un caso federal.
Percepciones sobre la aplicación de la justicia de parte de la fiscal: La fiscal Leticia Pabón informó que “se hizo justicia, debido que la alegación de culpabilidad demuestra que él (“Guillito”) está asumiendo responsabilidad por unos actos delictivos que incurrió. Se hizo justicia, porque se ponderó los escenarios, cuáles eran las probabilidades en un escenario y las probabilidades en otro escenario”. Dicha fiscal, mencionó que es “mejor que una absolución, que un jurado unánime”. Defino absolución, de acuerdo con el Derecho, cuando una sentencia dictamina que una persona no es culpable de delito del que ha sido juzgado. Las consecuencias de la absolución es que prohíbe que se pueda volver a juzgar a la misma persona del mismo delito por los mismos hechos.
Expresiones del exalcalde de Mayagüez: El exalcalde de Mayagüez expresó que “No hay justicia más grande que la injusticia”. Alegó que el desfile de la prueba desde que se iniciaron las investigaciones de este caso por el gobierno federal, muestra que él no se benefició económicamente y de forma alguna de los fondos públicos. Informó que se siente satisfecho por la decisión que él tomó de declararse culpable. Hasta el momento, no ha manifestado disculpa al pueblo ante el Tribunal y ante la prensa de lo acontecido. Alegó que adjudicar responsabilidad a un político de actos cometidos por terceros es una nueva vertiente que va a tener el país.
Conclusión: Por lo tanto, a partir de lo informado se puede concluir que las fiscales NO tuvieron evidencias de que el acusado se haya aprovechado ilegalmente de fondos públicos, de haber utilizados fondos públicos para fines distintos de los autorizados con el propósito de enriquecerse, que haya falsificado o alterado registros contables de fondos públicos. Tampoco tuvieron evidencias de que él omitió su deber a sabiendas. Wuaaao…¡El tecnicismo legal es que no hay evidencias!.¡!Este es el detalle de la ley para justificar un resultado!
Análisis: Me pregunto, ¿Para quién fue justo el resultado de la negociación?, ¿Quiénes realmente se beneficiaron de los $9.8 millones?, ¿Dónde está ese dinero o parte de ese dinero?, ¿Qué cantidad de ese dinero se podrá recuperar?, ¿Habrá sentencia suspendida?, ¿Se logrará en un futuro inmediato completar las fases del Centro de Trauma de Mayagüez?, ¿Se hizo justicia para los que necesitan el Centro de Trauma en Mayagüez? , ¿Lograrán extirpar el cáncer de la corrupción de MEDI?. Ante lo acontecido en el Municipio de Mayagüez, como indicó la Contralora Yesmín Valdivieso, se hace muy necesario las auditorías de desempeño que incluye cumplimiento, parte operacional y desempeño en cuanto al uso de fondos públicos, auditorías de objetivos específicos, laboratorios forense digital, áreas de querellas, controles fiscales en los municipios, y que haya consecuencias.
Exhortación: Les exhorto a investigar qué hicieron nuestros legisladores municipales y estatales, la pasada y la actual Presidenta del Comité Municipal PNP, los líderes comunitarios, y otros políticos para fiscalizar la gestión de “Guillito” ante el caso MEDI y ante el alegato de desvió de unos $9.8 millones otorgados por resoluciones legislativas de la Cámara de Representantes para completar varias fases del Centro de Trauma de Mayagüez, qué están haciendo actualmente para contribuir a que se logren las fases del Centro de Trauma de Mayagüez, qué mecanismos internos y externos se han establecido en el Municipio de Mayagüez para mitigar cualquier negligencia de desempeño en el cumplimiento del deber que ocasiona pérdida de fondos públicos.
Moraleja: Puerto Rico no debe olvidar que “El negacionismo es el manto bajo el cual los políticos esconden su ineptitud, creyendo que silenciar la verdad borrará el rastro de su negligencia, dejadez, corrupción y estupidez” (Luis Gabriel Carrillo Navas).