[CHEQUEO DE DATOS]
“Aunque un dueño de una casa objete que se metan máquinas, LUMA y el Gobierno tienen el poder para entrar y cortar árboles”
Veredicto: Verdadero, pero…
Por Luis Alberto González | Centro de Periodismo Investigativo
LUMA comenzó en junio de 2024 el proceso de tala, poda y despeje de vegetación cercana a las líneas de transmisión y distribución de electricidad que maneja como consorcio encargado de la distribución de energía en Puerto Rico.
Se ha asegurado que LUMA tiene el “poder” de acceder a cualquier lugar para cumplir con su plan de despejar 16,000 millas de vegetación para reducir “las interrupciones un 35-45%” para finales de 2026.
«[…] Aunque un dueño de una casa objete que se metan máquinas, LUMA y el Gobierno, porque obviamente es la AEE, tienen el poder para entrar y cortar árboles, ya sea por máquinas, ya sea de manera manual», dijo el analista político y exlegislador Jorge Colberg en el programa Jugando Pelota Dura a principios de mayo.
Las servidumbres de la AEE son franjas de terreno establecidas por ley que, aunque están dentro de espacios privados de casas o edificios, pertenecen a la AEE para poder mantener allí los postes, líneas eléctricas y otros equipos necesarios para el servicio eléctrico.
El exalcalde de San Sebastián, Javier Jiménez, y quien creó la Pepino Power Authority durante la emergencia tras el huracán María, secundó al Colberg al comentar que «es un derecho que tiene el propietario, la Autoridad, de servidumbre de paso. Y se hizo así para poder darles mantenimiento a las líneas eléctricas, toda vez que es sumamente necesario despejar totalmente estas líneas eléctricas».
Pero el poder de acceso a propiedad privada que tiene LUMA como privatizadora de la distribución de energía, aunque amplio, puede conllevar un proceso ante los tribunales si una persona dueña o residente del lugar se opone a la entrada de los empleados del consorcio o de sus contratistas privados.
Los propietarios de fincas afectadas por servidumbres legales de la AEE sí pueden oponerse a permitir la entrada, según lo establece el Reglamento 7282 de Servidumbres para la AEE, vigente desde el 24 de febrero de 2007.
En esos casos, LUMA tiene que acudir al tribunal y presentar un caso bajo la Ley 140 de 1974 sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho.
El artículo B (1) de la sección V sostiene que “[…] si el propietario del predio sirviente no permite el acceso a la servidumbre, la Autoridad puede utilizar el procedimiento judicial provisto” en esta ley.
Es el artículo 2 del estatuto el que permite a los tribunales atender “controversias sobre colindancias y derecho de paso y controversias entre vecinos que afecten la convivencia y el orden social”.
“Hay mucho desconocimiento sobre las servidumbres”
Los postes de alumbrado, las torres de líneas eléctricas, incluso los cables que pasan por patios, fincas, y otros lugares, están ubicados en las llamadas servidumbres legales. Pero, según el presidente interino de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER), Ángel Figueroa Jaramillo, existen dueños de terreno que se han apropiado de estos espacios por desconocimiento o a sabiendas.
“Había habido un problema histórico donde muchos residentes, no todos, han expandido sus terrenos hacia la servidumbre de paso, inclusive a caminos comunales. Entonces, con el transcurso de los años, la gente cree que es propiedad de ellos, inclusive hasta los documentan como parte de la propiedad de ellos y es, realmente, servidumbre de paso”, dijo al CPI.
Figueroa Jaramillo reconoció que “cuando hay una servidumbre de paso, tú tienes que darle acceso a los servicios que están en esa servidumbre de paso”, pero “sí, hay recursos legales [para los que objeten la entrada]”, como la Ley 140 de 1974, que tiene que la opción de que LUMA presente el caso ante los tribunales.
“Que yo recuerde, aunque puede haber excepciones, en términos generales, la gente daba acceso” a sus propiedades para el despeje de vegetación y otras labores, comentó el líder de la UTIER.
“Inclusive, recuerdo que para [el huracán] María, lo que llamamos nosotros líneas traspatio, porque hay muchas urbanizaciones donde las líneas corren por la parte de atrás de las casas, la gente nos daba paso. Hay veces que, inclusive, hemos tenido que pasar los postes por encima de la casa o a través de la marquesina [con el consentimiento de los dueños de la propiedad]”, afirmó Figueroa Jaramillo.
“Siempre a esa servidumbre de paso hemos tenido acceso porque de alguna forma la construimos”, añadió. “Sí, hay recursos legales” para atender la oposición de un propietario a permitir acceso a las instalaciones eléctricas. “Que yo recuerde, nunca se ha utilizado [la ley]”.
LUMA no ha presentado casos judiciales al momento
“En estos casos, personal de Terrenos de LUMA se comunica directamente con el cliente y le explica los trabajos que se llevarán a cabo, los beneficios y el proceso. Del cliente expresar su deseo de no proveer acceso, LUMA procederá a utilizar el procedimiento judicial provisto en la Ley”, dijo LUMA por escrito al CPI.
Pero aclaró que “al momento no ha sido necesario acudir al tribunal a solicitar remedios legales para tener acceso a alguna propiedad”. La empresa explicó que “en el caso de que algún cliente decidiera no proveer acceso al personal de LUMA o sus contratistas, el caso se refiere al área de Terrenos y Permisos de LUMA para que se atienda el mismo”.
Todos los trabajos en servidumbres establecidos en el Reglamento 7282 incluyen “corte, poda, remoción y despeje de vegetación. Son parte de los trabajos de operación y conservación de las instalaciones eléctricas en la servidumbre. Las servidumbres se constituyen con el propósito de que la Autoridad tenga acceso razonable a sus instalaciones, para, entre otras, darle mantenimiento, reparar, mejorar, expandir, operar y ampliarlas”, señaló LUMA.
Advirtió que la “la siembra de árboles, plantas, así como arbustos trepadores o enredaderas en la servidumbre está prohibida. La vegetación dentro de la servidumbre, así como las ramas de la vegetación fuera de la franja de servidumbre no deben entorpecer en forma alguna el libre paso de las líneas aéreas de distribución y transmisión”.
Aunque la vegetación no interfiera con las líneas eléctricas “se prohíbe la siembra de árboles en la servidumbre para líneas eléctricas. Las servidumbres pueden extenderse más allá del equipo instalado en ellas, a través de todo su ancho”. Tampoco “deben entorpecer en forma alguna el libre paso de las líneas aéreas de los sistemas de transmisión y distribución eléctrica”.
El secretario de Energía de Estados Unidos, Chris Wright, firmó el 16 de mayo una orden que obliga a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) a realizar las labores necesarias para manejar la vegetación en las líneas “incluyendo la limpieza para restablecer el derecho de paso” a ciertas instalaciones de transmisión de electricidad.
LUMA precisó que “tiene el derecho de desganchar, derribar, eliminar o cortar cualesquiera árboles, arbustos plantas o partes de los mismos sembrados en violación al Reglamento o que invadan la franja de una servidumbre”. Tampoco necesita autorizaciones de agencias gubernamentales para talar o podar porque “según el Reglamento Conjunto de Permisos de 2023, la Autoridad/LUMA es la única agencia exenta del requisito de permisos para estos trabajos”.
Sin embargo, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA en inglés) exige el cumplimiento con las leyes ambientales que correspondan para poder cumplir con la poda o tala y certificarlo para recibir los fondos. Un comunicado de prensa de LUMA de abril de 2024 reconoce que, por regulaciones gubernamentales, tienen que «priorizar la conservación ambiental para proteger el medio ambiente y hábitats naturales únicos y diversos de Puerto Rico. Esto incluye trabajar con expertos ambientales capacitados y arboristas certificados para llevar a cabo evaluaciones detalladas». Además «explicar cómo LUMA continuará cumpliendo con todas las leyes y regulaciones locales y federales aplicables, incluyendo los procesos rigurosos establecidos por FEMA, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos».
Pepino Power no enfrentó problemas
El exalcalde de San Sebastián recordó que la corporación municipal Pepino Power trabajó durante los meses posteriores al azote del huracán María con el despeje de vegetación, y no tuvieron que presentar casos para obtener acceso a terrenos privados porque siempre coordinaban con los dueños.
“Yo no he sabido de problema alguno relacionado con eso [permitir la entrada a terrenos privados]. Con el problema de energía eléctrica que tenemos nosotros, la gente lo que quiere es que le resuelvan”, dijo Jiménez al CPI.
No importa si la vegetación está en contacto o no con las líneas se tiene que podar o talar porque “debajo de líneas eléctricas no debe haber ni un árbol. Es posible que ahora mismo no estén tocando las líneas eléctricas, pero por el paso de un huracán, ese árbol puede caer y entonces llevarse las líneas eléctricas. Y se supone que exista un perímetro razonable para que estén despejadas.
“Siempre se coordina [la entrada a propiedad privada], pero tú sabes que eso tiene una servidumbre [de paso] a lado y lado de cada línea eléctrica, ¿verdad? Pero siempre se coordina con el vecino porque muchas veces tienes que entrar por su terreno para poder acceder con los camiones al área que vayas a trabajar”, explicó Jiménez.
Debido a que existe un proceso judicial bajo la Ley 140 de 1974 para dilucidar situaciones en que los dueños de propiedad privada donde existan servidumbres rehúsen dar acceso, la afirmación de “aunque un dueño de una casa objete que se metan máquinas, LUMA y el Gobierno, tienen el poder para entrar y cortar árboles” resulta Verdadera, pero… porque no puede ser confirmada en su totalidad.
