El representante Edgar Robles Rivera, quien representa el Distrito 14 que comprende los pueblos de Arecibo y Hatillo y preside la Comisión de Asuntos del Consumidor, en la Cámara Baja, recordó a todos los comercios de Puerto Rico “que la entrega del recibo de compra no es opcional, sino un requisito legal. Preguntar ‘¿desea el recibo?’ no sólo es incorrecto, sino que puede conllevar consecuencias legales”.
La Ley Núm. 95-2006, conocida como la ‘Ley para la Preservación de Documentos de Garantía y de Recibos de Compra’, dispone que todo comercio debe emitir un recibo impreso o escrito en material duradero y éste debe entregarse, automáticamente, al consumidor. Además, otras leyes vigentes exigen que dicho recibo incluya información básica como la fecha, el producto o servicio adquirido, el método de pago y la identidad del establecimiento.
La medida de Edgar Robles Rivera busca proteger al consumidor en sus derechos de garantía, devolución o reclamación. No entregar el recibo o condicionar su entrega a una solicitud verbal, puede interpretarse como una práctica engañosa o una violación al deber de transparencia comercial.
“El recibo no es un lujo, ni tampoco un premio. Es un derecho del consumidor y debe entregarse, automáticamente, detallado con lo que el cliente compró. Eso ayuda a reclamar garantías, a hacer devoluciones y a saber exactamente qué se pagó”, expresó el representante del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Los comercios que incumplan con la obligación se exponen a multas y sanciones por parte del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).
Se exhorta a los ciudadanos a reportar cualquier comercio que no entregue el recibo y a los dueños de negocios a repasar los procesos internos para cumplir con la ley.
Para orientación o para radicar una querella, puede comunicarse con DACO al (787) 722-7555 o visitar www.daco.pr.gov