La Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus que preside el vicepresidente senatorial, Carmelo Ríos Santiago, evaluó en vista pública, conjunto con la Comisión de Vivienda y Bienestar Social presidida por la senadora Jamie Barlucea Rodríguez, la viabilidad en la implementación de una nueva ley para erradicar la discriminación en el proceso de adquisición de viviendas mediante programas federales.
El Proyecto del Senado 679, presentado por el senador Ríos Santiago, propone la creación la “Ley para la Gestión de Fondos de Recuperación Destinados a la Compra de Viviendas y la Repoblación de Municipios”, con el objetivo de garantizar que los beneficiarios de programas federales de recuperación post-desastre, como el CDBG-DR, puedan adquirir viviendas seguras y libres de discrimen.
“Esta medida atiende un tema que se ha convertido en una urgencia… lo que es la falta de vivienda asequibles aquí en Puerto Rico, y otro de los asuntos es ese discrimen que sufren las familias que participan de programas para la compra de viviendas”, expresó la senadora Barlucea Rodríguez.
El proyecto senatorial busca frenar el éxodo poblacional en municipios afectados por desastres, donde la pérdida de residentes impacta la base contributiva y los servicios esenciales. Según la exposición de motivos, la legislación responde a prácticas discriminatorias como el rechazo de vales federales para la compra de propiedades, la alteración de términos de venta o la difusión de información falsa sobre disponibilidad, que han impedido que el 66% de las familias beneficiarias adquieran una vivienda.
Para erradicar estas conductas, se tipifican como prácticas discriminatorias la negativa a vender, negociar o anunciar propiedades a participantes del programa R3, así como inducir a otros a no venderles. El Departamento de la Vivienda tendría la responsabilidad de atender con diligencia las transacciones que involucren estos fondos y de procesar querellas de personas perjudicadas. Se establecería un régimen de sanciones que contempla multas administrativas de hasta $5,000 por violación, con excepciones para propiedades vendidas por entidades religiosas o por individuos que no utilicen corredores y posean menos de tres viviendas.
El director de los Programas de Planificación de CDBG-DR, licenciado Carlos Olmedo, expresó su apoyo al proyecto siempre que se hagan enmiendas al Artículo 7 del mismo. En el lenguaje de la medida, en este artículo se esboza el proceso de las querellas y las multas a ser implementadas por parte de Vivienda. El licenciado Olmedo sentenció que “Vivienda no puede acoger una querella por discrimen de un participante del Programa R3, SFM y/o ReSURge, y atenderla conforme al Reglamento sobre Procedimientos Adjudicativos Formales del Departamento de la Vivienda y sus Agencias Adscritas”. Añadió que estas querellas deben ser referidas por Vivienda a la Oficina de Vivienda Justa y Oportunidad Equitativa del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD FHEO).
La medida también enmienda el Código de Rentas Internas para fijar en un 2% la contribución sobre ganancias de capital en ventas a beneficiarios certificados de programas federales de recuperación, siempre que la propiedad esté ubicada en una zona declarada de desastre en los últimos 10 años, se destine a rehabilitación, reconstrucción o uso comunitario, y el vendedor no sea un inversionista comercial ni haya usado la exención más de una vez en cinco años.
Ante esto, el director de los Programas de Planificación de CDBG-DR expresó su apoyo sin embargo sugirió que “la exención contributiva se extienda para incluir a otros actores del mercado, tales como los inversionistas”. Esto para alinearlo con la política pública de acelerar los procesos de reubicación, incentivar la inversión privada en la recuperación, promover la equidad en el acceso a vivienda segura y contribuir a la estabilización poblacional de los municipios afectados por desastres.
Por su parte, en representación de la Asociación de Realtors de Puerto Rico, Milton Serrano estableció que la medida tiene un fin loable y se posicionó a favor de la misma. “Nuestra Asociación rechaza todo acto de discrimen que lesione o violente los derechos constitucionales o estatutarios de toda persona en el proceso de financiar, adquirir o solicitar una vivienda. En ese sentido, coincidimos con la aspiración de rechazar actos de discrimen que afecten a personas o familias que aspiran a ser dueños de su propio hogar o a tener acceso a programas de rehabilitación o reparación de sus viviendas, sean a través de programas federales, estatales o municipales”, comentó.
Sin embargo, Serrano explicó que no todo puede considerarse discrimen pues, el vendedor puede tomar la decisión de optar por una mejor oferta o necesita completar la venta de manera urgente. En la misma línea, destacó que se debe establecer que el vendedor de bienes raíces o corredores no serán responsables ya que “no sería razonable la imposición de responsabilidad legal o económica a profesionales de los bienes raíces por actos, u omisiones atribuidas a los propietarios o clientes”.
Por otro lado, el director de Asuntos Intergubernamentales de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), el licenciado Luis Roberto Rivera Cruz, explicó que la agencia, que representa tiene actualmente una postura reservada pues considera que no se han hecho los análisis de impacto fiscal necesarios por la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Aunque aseguró que, la medida se “inserta en un área de política pública que vincula la recuperación de infraestructura y vivienda con la estabilidad fiscal a nivel municipal y del Gobierno Central.
“A la luz de la discusión que procede, al presente la AAFAF tiene interrogantes fiscales y programáticos sobre el PS 679, las cuales deben aclararse como parte de la evaluación de la medida por la Comisión”, explicó Rivera Cruz.