viernes, mayo 23, 2025
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Artículos SIN IVU para la temporada de huracanes estarán exentos de IVU

Conoce cuáles son elegibles

Por cuarto año consecutivo, habrá un periodo de exención del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la compra de artículos y equipos de preparación para la temporada de huracanes, que comenzará a las 12:00 a.m. del viernes, 23 de mayo, y se extenderá hasta las 11:59 p.m. del lunes, 26 de mayo de 2025.

Esta exención aplicará exclusivamente a los artículos y equipos específicamente designados, según establece la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 25-09 emitida el 29 de abril de 2025, por el Departamento de Hacienda.

Aquí tienes la lista:

Artículos de Preparación para la Temporada de Huracanes:

Envases, tanques y cisternas para combustibles y agua. Incluye productos y equipos de mantenimiento o piezas mecánicas para reparación.

Tormenteras.

Herrajes, anclajes y tornillería.

Madera en palos y paneles no tratados.

Sogas y amarres.

Paneles de zinc de construcción.

Alimentos no perecederos, incluyendo paquetes conocidos como «emergency meal kits».

Agua.

Artículos de limpieza e higienización.

Piezas y productos para la reparación y mantenimiento de generadores y equipos solares de emergencia.

Equipos de Preparación para la Temporada de Huracanes

Baterías individuales o en paquetes.

Lámparas operadas con batería o energía alternativa, linternas, velas y fósforos.

Equipo solar de emergencia.

Herramientas como taladros, sierras de disco, martillos y otros equipos para asegurar la propiedad.

Estufas y hornillas de gas (no incluye asadores tipo BBQ).

Gas en cilindros y tanques.

Escaleras de emergencia o rescate.

Contraventanas para huracanes.

Hachas y machetes.

Abridores de lata no electrónicos.

Neveras portátiles para conservar hielo y alimentos.

Extintores de incendios.

Detectores de humo o de monóxido de carbono operados con baterías.

Botiquines de primeros auxilios. Contenedores o envases plásticos para combustible.

Sistema de anclaje terrestre o kit de amarre al suelo.

Artículos reutilizables o artificiales de congelación.

Radios portátiles (incluyendo los operados por batería), radios de dos vías y de banda de clima.

Abanicos operados con batería o energía alternativa.

Estufas portátiles.

Gas propano.

Lonas o materiales flexibles e impermeables de naturaleza similar.

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