lunes, abril 6, 2026
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Existente Ley para obligar restitución económica a rescatistas en riesgo

La vicepresidenta de la Cámara de Representantes, Yashira Lebrón, recordó que la Ley 72-2023 permite imponer la pena de restitución, así como declarar un delito menos grave, a toda persona que habiendo sido decretada una emergencia o desastre por la Gobernadora, persista en realizar cualquier actividad que ponga en peligro su vida o la de otras personas, y requiere el rescate por parte de las autoridades.

“Las acciones temerarias como las que estamos viendo, con alteras para no estan entro de playas y aun así algunas personas rehúsan en hacer caso, no solo ponen en peligro a los rescatistas, sino que provocan que otras personas en situaciones que requieren la atención de autoridades, no puedan ser atendidas. Por eso existe la Ley 72-2023, una medida que va enfocada a atender esta problemática”, expresó la legisladora del Partido Nuevo Progresista.

La Ley 72 enmienda el inciso (d) del Artículo 5.14 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como ‘Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico’, a los fines de establecer dicha penalidad. 

La Representante por Bayamón también apoyó el Proyecto de la Cámara 908, de la autoría del presidente de la Comisión de Gobierno, Víctor Parés, y el cual establece que toda persona que desobedezca avisos de emergencias emitidos por el Servicio Nacional de Meteorología incurrirá en un delito menos grave (hasta 6 meses de reclusión), con multas que fluctúan que pueden llegar hasta los $5,000.00.

Además, quienes utilicen embarcaciones recreativas o vehículos acuáticos como los ‘jet skis’, tras emitir estas advertencias, podrían enfrentar la confiscación inmediata. 

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